Antes de dimitir, es importante que conozcas las opciones de autodespido disponibles:
Modificación sustancial: Si la empresa cambia tu horario, salario, jornada, funciones u otras condiciones laborales de manera significativa, puedes auto despedirte con una indemnización de 20 días por año trabajado, con un límite de nueve meses.
Movilidad geográfica: Si te trasladan a un centro de trabajo lejano (más de 50 km o una hora de desplazamiento), puedes optar por el autodespido con una indemnización de 20 días por año trabajado, con un límite de 12 mensualidades.
Incumplimiento grave de obligaciones laborales: Si la empresa incumple gravemente sus obligaciones contigo, como retrasos en el pago de salarios o falta de pago de horas extras, puedes dimitir con una indemnización de 33 a 45 días por año trabajado.
La jurisprudencia considera como faltas graves del empresario el exceso de carga de trabajo, el acoso laboral y la falta de alta en la Seguridad Social, entre otras.
Además, tienes la opción de la excedencia, especialmente útil si te incorporas a otro trabajo, ya que te garantiza el derecho a la reincorporación preferente si tu nuevo proyecto no funciona como esperabas.
𝑪𝒐𝒍𝒆𝒈𝒊𝒐 𝒅𝒆 𝑮𝒓𝒂𝒅𝒖𝒂𝒅𝒐𝒔 𝑺𝒐𝒄𝒊𝒂𝒍𝒆𝒔 𝒅𝒆 𝑴𝒂𝒅𝒓𝒊𝒅
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